jueves, 19 de junio de 2014

Fevalcee acusa a la Consellería de vulneración de derechos fundamentales y quiebra del reparto competencial de la Constitución

Recurrida la Orden de ayudas a centros especiales de empleo de discapacitados
 
La Federación Valenciana de Centros Especiales de Empleo (Fevalcee) ha presentado contra la Consellería de Economía y Empleo un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, por vulneración de derechos fundamentales en relación a la Orden 12/2014 por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo para personas con discapacidad en centros especiales de empleo en el ejercicio 2014.

El presidente de Fevalcee, Juan García Sentandreu, ha querido señalar que el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales, viene recogido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para aquellos supuestos donde se produce una grave quiebra de los principios básicos sobre los que se asienta la Constitución y nuestro Estado de Derecho, como ha ocurrido en el presente caso, donde la Consellería ha vulnerado el principio de igualdad y el reparto competencial fijado en nuestra Carta Magna, asumiendo y recortar una norma nacional de obligada observancia para las CC.AA., como es el caso de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 16 de octubre de 1998, donde se determina con meridiana claridad las bases mínimas de ayudas que deben tener este tipo de empresas protegidas.

Para la Federación de Centros, y como fundamentan en su recurso, la presente Orden 12/2014 de la Consellería, lejos de cumplir con estricta observancia el mandato constitucional y la Orden Ministerial que regula esta materia, ha decidido recortar y suprimir las ayudas configuradas en una norma estatal, lo que viene a significar que la Generalitat Valenciana, lejos de prever un régimen más favorable al previsto en la normativa estatal para los CEE de su territorio, respetando las bases mínimas nacionales, se ha atribuido ilícitamente competencias legislativas estatales, modificamdo con una Orden autonómica las bases de una materia reservada al Estado y que viene incardinada en el propio artículo 49 de la Constitución Española.

De las tres ayudas básicas para la financiación de los centros especiales de empleo, la Generalitat Valenciana ha decidido suprimir dos de ellas, concretamente la creación de empleo fijo y las unidades de apoyo, que además, deben ser entendidas como aquellas que contribuyen a una mejor integración laboral y social de las personas con una discapacidad más severa, como son los discapacitados intelectuales, enfermos mentales y físicos de más del 65% de discapacidad.

Fevalcee asegura en su demanda que la actuación de la Consellería es arbitraria, gratuita, subjetiva y constitucionalmente inadmisible, por cuanto la Generalitat Valenciana decide recortar las bases sobre las que se asientan las ayudas y subvenciones públicas para los centros especiales de empleo de personas con discapacidad, no sólo vulnera la legislación estatal, sino rompiendo el principio de igualdad, poniendo a los centros protegidos de la Comunidad Valenciana en una posición de desventaja frente al resto de centros del Estado, quienes pueden potenciar adecuadamente la creación de empleo estable o indefinido de personas con discapacidad en su concreta actividad, disfrutando de las ayudas que estatalmente les corresponden. Pero este recorte en derechos para los centros especiales de empleo de personas con discapacidad en la Comunidad Valenciana, no sólo afecta a las personas jurídicas que los conforman (centros especiales de empleo), sino que muy directamente influye en sus trabajadores, quienes se ven forzados a una interinidad y temporalidad en sus contratos totalmente injusta y desigual, si lo comparamos con el resto de trabajadores del sector en otras autonomías.

Sentandreu ha acusado al resto de patronales y sindicatos representativos del sector de connivencia con la Consellería y estos graves recortes a la discapacidad, afirmando que el procedimiento de derechos fundamentales tiene un carácter excepcional y sumario, lo que supone una tramitación urgente, con lo que en un par de meses podría haber una Sentencia que obligara a la Consellería a respetar la ayudas mínimas estatales fijadas para los centros especiales de empleo, dejando totalmente en entredicho a organizaciones como Agevalcee o Cermi que han apoyado por acción u omisión esta norma valenciana.
 

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